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La Alianza por la salud reinicia actividades

El pasado lunes 16 de enero se realizó la primera reunión virtual del año 2012 de la Alianza Nacional por la Transformación del Sistema de Salud. La agenda del día estuvo destinada a diligenciar la matriz que consolida los consensos alcanzados y que harán parte de los contenidos de las propuestas de reglamentación de la ley 1438 de 2011 y que serán presentados próximamente al Gobierno nacional.
La Alianza Nacional por la Transformación del Sistema de salud, ha venido trabajando con el liderazgo de AESA y la conjunción de distintas organizaciones de la sociedad civil de Antioquia, y del país, por realizar un trabajo de corte académico de gran profundidad, que permita reglamentar la ley 1438 de 2011 que reformó el Sistema de Salud Colombiano, con miras a buscar que en la reglamentación se conserve por un lado el espíritu de la ley, pero además, que se logren pasos importantes en la defensa del goce efectivo del derecho a la salud.
Se reglamentarán las "dadivas" dentro del sistema de salud

DADIVA: "Se considerará como dádiva o prebenda cualquier beneficio en dinero o en especie entregados por entidades promotoras de salud, instituciones prestadoras de servicios de salud, empresas farmacéuticas productoras, distribuidoras, comercializadoras de medicamentos o las que fabriquen, importen o comercialicen insumos, dispositivos y equipos médicos, que pueda derivar en el aprovechamiento de la actividad comercial sobre la sanitaria por parte de los trabajadores de las entidades del Sistema General de Seguridad Social en Salud". Esta es la definición consignada en el primer artículo del proyecto de decreto que el Ministerio de la salud y Protección Social viene trabajando con el fin de colocarle cortapisas a un fenómeno ampliamente utilizado, y que para muchos analistas, es causa de corrupción dentro del sistema de salud colombiano.
El proyecto de decreto reglamentario se basa en las leyes 1438, y 1474 de 2011, y busca controlar una práctica que en la realidad ha hecho carrera desde tiempo atrás impulsada desde sectores como la industria farmacéutica. El borrador señala que no se considera una dadiva las actividades para el suministro de información pertinente a los profesionales de la salud.
Considera dadivas acciones como las invitaciones o patrocinios a terceras personas, la entrega de bienes o servicios no relacionados con el ámbito médico, la entrega de bonos para la adquisición de bienes o servicios, los reconocimientos y premios no relacionados con el ejercicio o la trayectoria académica, las actividades enfocadas básicamente a la promoción comercial de productos, y el financiamiento de los costos de viaje, alojamiento u otros gastos no relacionados expresamente con el programa de educación médica continua.
Ver documento: http://www.aesa.org.co/view.download/86/2394.html
Propuestas de la MIAS para el régimen subsidiado en Medellín y Antioquia

Los miembros de la MIAS – Mesa Intersectorial de Antioquia por la Salud y la Seguridad Social como Derecho Fundamental - llamaron la atención sobre la situación que se viene presentando en el departamento de Antioquia y en Medellín frente a la salida de Comfenalco y Cafesalud, de la administración del régimen subsidiado.
Frente al tema la MIAS analizó dos propuestas básicas:
"Que los dineros del municipio y de todos los colombianos que cotizan al sistema porque son trabajadores, jubilados o trabajadores independientes, para el régimen subsidiado, los maneje directamente el estado ya sea en el nivel municipal o en el departamental, debido a las sobradas demostraciones de ineficiencia, corrupción y barreras de atención para la población mas pobre del municipio y el departamento que han demostrado la intermediación en salud realizada por las EPS, antes llamadas ARS. Por eso es valida la propuesta que en el municipio y en el departamento tengamos un solo pagador, así como funciona la atención del magisterio y de otros sectores que están por fuera de ley 100, como los petroleros, los parlamentarios, las fuerzas militares, etc, y que sin intermediarios tienen pagadores únicos".
La segunda propuesta es: "la conformación urgente de una EPS publica, donde los dueños de la misma sean el municipio y otras entidades publicas municipales o incluso departamentales como EPM, EVM, o departamentales como la FLA, el Hospital la María y los Hospitales regionales, e incluso pensando que los ciudadanos de a pie también pasen a ser dueños".
Ley anti tramites y salud, pendientes de ajustes

El departamento administrativo de la Función Pública expidió el Decreto 019 de 2012 encaminado a suprimir trámites, regulaciones y procedimientos innecesarios dentro de la estructura del Estado Colombiano.
Lo que se ha conocido a través de los medios de comunicación como "ley antitrámites", toca algunos aspectos relacionados con el sector de la salud, dentro de los que se destacan la eliminación de las declaraciones extra juicio, de los certificados de supervivencia, la orden de asignar citas para consulta general en un máximo de 48 horas, el envío a domicilio de los medicamentos faltantes al monumento de la dispensación, entre otros..
Sin embargo dos elementos no han sido señalados con claridad. El primero de ellos es que la reducción de trámites se enfoca básicamente a las entidades de carácter estatal, por lo tanto, huellas digitales, certificaciones de supervivencia y otros muchos procedimientos seguirán siendo solicitados por el sector privado, incluyendo entonces cajas de compensación, EPS privadas, y muchas otras instituciones. El segundo aspecto no muy señalado, es que el Decreto deberá ser reglamentado a través de resoluciones y circulares por otras dependencias gubernamentales, por lo tanto, medidas como tiempos máximos para la asignación de citas con especialistas, quedan esperando actos administrativos futuros.
Ver documento: http://www.aesa.org.co/view.download/70/2395.html
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